ser progresista es luchar por una legislación que prohíba el aborto. (Mons. Elías Yanes)

Acuerdo Mozambique – Santa Sede, 2012, sumándose al movimiento concordatario del último decenio

Carlos Corral. Analista Político Internacional.- Recientemente la República de Mozambique se sumaba como Estado concordatario número 51º a los cincuenta ya existentes, siendo, además, el tercero de lengua portuguesa al lado de Brasil y Portugal. Ocurrió el 15 marzo 2012 cuando tuvo lugar la ratificación del Acuerdo firmado en Maputo el 7 diciembre 2011.   
1.- Acuerdo Mozambique – Santa Sede.

El Acuerdo —según comunicado oficial vaticano— el primero de este género firmado por un País de África Austral, consolida los vínculos de amistad y de colaboración existentes entre las dos Partes.
Consta de un Preámbulo y ventitrés artículos que regulan varios ámbitos, entre los cuales están el estatuto jurídico de la Iglesia católica en Mozambique, el reconocimiento de los títulos de estudio y del matrimonio canónico y la regulación régimen fiscal.

2.- El marco actual de Acuerdos/Concordatarios (2003-2012).

La política concordataria del pontificado de Benedicto XVI (elegido el 16-4-2005) continúa la de su predecesor, Juan Pablo II, pues los cambios políticos de fronteras y regímenes operados en Europa ya han tenido lugar y al presente se van consolidando progresivamente. Por ello, la saga de Acuerdos concordatarios al mismo tiempo se va extendiendo.

Así en el presente decenio (2003 a 2012) —tal como afirmamos y publicamos en nuestro Tratados internacionales (2003-2012) con los Estados. Concordatos vigentes, Tomo V— los Acuerdos concordatarios ascienden a 30, de los que siete corresponden a las 6 Regiones Alemanas (Länder) y 22, a 16 Estados y uno, a la Unión Europea. Pasamos a recorrerlos, siguiendo el paradigma usado en el Tomo IV, de los Estados Danubianos, Germánicos, Hispanos-Americanos, Latinos-Europeos.

1.- Con los Estados danubianos. Se suman ahora Albania (Acuerdo de 3-12-2007), Bosnia-Herzegovina (Acuerdo básico de 19-4-2006; y Protocolo de 29-11-2006 más Acuerdo sobre Asistencia religiosa a la Fuerzas Armadas, de 24-9-2010) y Montenegro —egresado de la antigua Yugoslavia— con un Acuerdo de Base, (de 24-6-2011), a Checoslovaquia, Eslovaquia, Eslovenia y Hungría.

2.- Con los Estados y Regiones germánicos. Se suman al presente las dos ciudades libres: Bremen (Convenio —general— de 21-11-2003) y Hamburgo (Convenio —general— de 29-11-2005; y Convenio para la erección de un centro de formación para la Teología, de 28-6-2010); como también, las Regiones Brandeburgo (Acuerdo —General— de 12-11-2003) y Schleswig-Holstein (Acuerdo —General— de 12-1-2009). Completan sus anteriores Acuerdos: Baja Sajonia (Acuerdo, de 6-4-2010, para introducir algunas modificaciones en su Concordato); y Baviera (Protocolo Adicional, de 19-1-2007, al Concordato). Austria actualiza su dotación a la Iglesia mediante el Sexto Acuerdo Adicional (de 10-3-2009).

3.- Con los Estados latinos de Europa. Se suma al presente Andorra (Acuerdo —General— de 17-3-2008). Renueva su asignación tributaria España (Canje de Notas de 21/22-12-2006); Francia actualiza algunas cuestiones menores mediante Canje de notas (de 12-11-2001 y 4-12-2003) y Protocolo (dec12-7-2005); Italia, añade un Convenio sobre Seguridad Social (de 16-6-200; R. 2004). Portugal, en cambio, da el paso a un nuevo Concordato (de 18-5-2004). A su lado aparece novedosamente la Unión Europea con la Convención monetaria (con la Ciudad del Vaticano, de 17-12-2009).
4.- Con los Estados hispano-americanos. Se introducen Brasil con su Acuerdo —General— de 13-11-2008; y Paraguay con su Convenio sobre Asistencias religiosa las Fuerzas Armadas (de 24-12-2002; R.18-12-2004).
5.- Con los Estados asiáticos. Entra Azerbaiyán, con su Acuerdo —General— de 29-4-2011; mientras Filipinas celebra un segundo Acuerdo sobre Bienes Culturales (de 11-4-2007).
Los cinco Estados bálticos, en cambio, no vienen aquí reseñados, pues pertenecen a años anteriores

En conclusión, así una vez más se confirma el universalismo de la política pontificia de Acuerdos con los Estados, dotado de tres destacadas características: la superación de épocas anteriores y actuales, la apertura a la diversidad ideológica de los Estados, y la expansión a la variedad política de Estados.

Referencia bibliográfica: CARLOS CORRAL y JOSÉ LUIS SANTOS, Tratados internacionales (2003-2012) con los Estados. Concordatos vigentes, Tomo V (Madrid, Publicaciones Universidad Pontificia Comillas, digital E-Book 2012).